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viernes, 3 mayo , 2024

Por qué el femicida que se fugó de prisión y se entregó después de 22 años prófugo podría quedar en libertad y eludir a la Justicia

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A cuatro meses y 14 días de haber solicitado la prescripción de la causa, Ramón Ángel Abregú (70) podría lograr la impunidad. Los motivos y cómo continuará el rumbo jurídico de uno de los asesinatos más bestiales de Tierra del Fuego

La Justicia de Tierra del Fuego declaró prescripta la causa contra Ramón Ángel Abregú, el hombre que mató a balazos a su esposa embarazada, se escapó de prisión y se entregó después de 22 años prófugo. Ahora, el femicida podría quedar en libertad. Pero, ¿por qué?

La decisión fue adoptada por la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Río Grande y, de esta forma, Abregú lograría la impunidad de su crimen, aunque el dictamen ahora fue apelado en una última instancia ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia por el fiscal mayor de Río Grande, Pablo Martín Bramati.

¿Es posible que alguien pueda eludir el sistema y quedar impune? En comunicación con Infobae, Bramati explicó los motivos de su apelación ante la Cámara y habló de una “diferencia de criterios”. “Para los camaristas la causa prescribió; para mí, no. Además del homicidio, le imputo el delito de evasión”, detalló. Y siguió: “El tema es que la Cámara no comparte mi postura. Para ellos la evasión se consumó el día que se evadió y no se mantuvo en el tiempo. Entonces, al prescribir ese delito, se cae el otro. Ellos aplican el criterio de siempre, el tema es que este caso no es uno más. Hay que extremar los recaudos para que el condenado no evada la pena que debe cumplir”.

El caso es controvertido porque Abregú cometió el femicidio el 23 de enero de 2000, cuando ingresó a un consultorio de la clínica CEMEP, en la ciudad fueguina, y disparó cuatro veces contra su ex pareja y madre de sus dos hijos, Eva Azulina Falcón, quien se encontraba embarazada de siete meses.

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Si bien el homicida fue detenido de inmediato y condenado a 20 años de cárcel en septiembre de ese mismo año, el 15 de febrero de 2001 logró fugarse del establecimiento penitenciario: se fue directamente por la puerta. Desde entonces, se mantuvo prófugo de la Justicia. Recién 22 años después, el 17 de octubre de 2023, Abregú se presentó de forma espontánea en Tierra del Fuego, quedó detenido y, a través de un abogado, solicitó la prescripción de la causa. “Estar escondido es otra forma de cumplir una condena”, alegó su defensor.

En ese momento, los jueces del Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, Eduardo López y Juan José Varela, resolvieron que el caso no estaba prescripto, y que el hombre debía continuar cumpliendo la pena por el homicidio hasta septiembre de 2042.

“El ejercicio del derecho a castigar implica el razonable ejercicio de la potestad reglamentaria del legislador con los principios, valores y derechos consagrados en la Constitución Nacional. Nuestra labor se ciñe entonces a comprobar la legitimidad temporal del reclamo estatal, a castigar y garantizar la capacidad de Abregú de ser perseguido por sus conductas punibles”, escribieron los magistrados en la resolución.

En forma paralela, Abregú fue indagado por el juez penal Raúl Sahade en orden al delito de “evasión” por su fuga de la cárcel, y la defensa volvió a plantear allí que el hecho estaba prescripto, lo que Sahade desestimó.

Esa medida judicial fue recurrida y la Cámara de Apelaciones, integrada por los jueces Julián de Martino y Jorge Jofré, es la que decidió revocar lo resuelto por el juez Sahade y declarar la prescripción en relación con la evasión, lo que implicaría que también prescriba el caso del homicidio.

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De todas maneras, ese pronunciamiento no se encuentra firme porque el fiscal Bramati acudió “en casación” ante el Superior Tribunal para lograr una postura definitiva sobre el caso. Según el funcionario judicial, la sentencia contra Abregú a 20 años de cárcel no estaba firme al momento de su fuga, ya que restaba un pronunciamiento de la Corte, y, por lo tanto, al no haber podido ser notificado de la condena, tampoco se pudo comenzar a contar el período de la prescripción.

Además, Bramati postuló que Abregú cometió un nuevo delito al fugarse en 2001, ilícito que se siguió cometiendo hasta el momento en que se entregó a las autoridades, por lo que tampoco se encuentra prescripto. “La decisión de la Cámara busca seguridad jurídica, pero nosotros lo que procuramos es buscar justicia”, argumentó el fiscal y les pidió a los jueces que tuvieran en cuenta los derechos de los familiares de la víctima.

Por el momento, Abregú continúa preso desde que regresó por su cuenta a Tierra del Fuego en octubre sin documentación personal y luego de haber atravesado los cuatro pasos fronterizos con Chile que implican llegar a la provincia austral por vía terrestre.

Si el fallo de la Cámara quedara firme, podría recuperar la libertad; pero apelación mediante, ahora deberá aguardar que se expida el máximo tribunal fueguino.

En caso de ser obligado a cumplir la condena, el femicida podría solicitar la prisión domiciliaria, en virtud de que cumplió 70 años. De hecho, ya lo hizo y el fiscal se opuso. “Me basé, fundamentalmente, en el hecho de que llegar a esa edad no alcanza. Además, no tenía ninguna afección de salud, requisito para estar en una casa o en un lugar distinto de la unidad de detención. Por otra parte, está su antecedente de haberse fugado durante varios años. Todo eso me dio la pauta de que hay un peligro de fuga inminente y por eso me opuse”, explicó Bramati a este medio.

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El crimen
El asesinato de Eva Azulina Falcón es considerado uno de los más bestiales de la ciudad de Tierra del Fuego. En aquel momento, los investigadores determinaron que, por esos días, Abregú estaba provisoriamente separado de su mujer, pero que en las semanas previas al crimen se había acercado a ella con la supuesta intención de reconciliarse.

El día del hecho, el agresor acudió al domicilio de Falcón y la atacó con un arma calibre 9 milímetros. La mujer, embarazada de siete meses, logró escapar con una herida y se refugió en la sala de guardia de la clínica CEMEP, donde Abregú la alcanzó y la remató con cuatro disparos más, según quedó probado en el debate oral.

Al momento de ser juzgado, el paradigma judicial no contemplaba la visión de género respecto del homicidio en perjuicio de una mujer mediando una situación de violencia, y tampoco se consideró el agravante por el vínculo entre el victimario y la víctima. En ese contexto, el asesino no fue condenado por “femicidio” sino por “homicidio simple”.
En la actualidad, los familiares de Falcón ya no residen en Tierra del Fuego y no se presentaron como querellantes en el expediente, por lo que tampoco se conoce su postura sobre todo lo acontecido desde que el femicida optó por entregarse a las autoridades con la intención de que el hecho sea declarado impune y de esa manera poder quedar libre.

Con información de la Agencia de noticias Télam / Infobae

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