La sentencia avala el proceso de expropiación de la petrolera llevado adelante en 2012 durante el gobierno de Cristina Kirchner. Milei festejó e insultó.
El Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos en Manhattan anuló una sentencia de 16.100 millones de dólares contra Argentina en el juicio que se le seguía por la privatización de YPF.
El fallo ratifica que el proceso de estatización de la petrolera nacional concretado en 2012 por la entonces presidenta Cristina Kirchner y el exministro Axel Kicillof transitó por los carriles de la legalidad y que los reclamos de los fondos buitres fueron infundados.
“Queda revocada la sentencia dictada por el tribunal de distrito a favor de los demandantes en sus reclamos por incumplimiento de contrato contra Argentina” y “confirmamos la sentencia dictada por el tribunal de distrito a favor de YPF”, dice el fallo dictado tras diez años de litigio.
La decisión desestima la condena contra el Estado nacional y ordena “que se realicen los procedimientos ulteriores de conformidad con esta opinión”, para finalizar con el trámite.
“El fallo demuestra que teníamos razón en el fondo de la cuestión”, destacaron fuentes cercanas a Kicillof tras el fallo.
Milei festeja e insulta
La noticia fue celebrada por el presidente Javier Milei, quien en un escueto posteo escribió: “Ganamos en el juicio de YPF”.
Luego, en un discurso, se dedicó a insultar a los responsables de la expropiación que fue avalada por la justicia estadounidense. “Le hemos ganado a Woodford en Estados Unidos, hemos logrado que Argentina tenga que evitar el pago de 18.000 millones de dólares”, dijo y atacó: “Tuvimos que venir a arreglar las cagadas que hizo el inútil, imbécil, incompetente de Kicillof durante el segundo gobierno de la corrupta y presidiaria Cristina Fernández de Kirchner”.
Y a continuación adjudicó el fallo favorable a sus constantes viajes a Estados Unidos y a su buena relación con el gobierno de Donald Trump. “Ah pero los viajes de Milei, ah pero el mameluco. Acá está la gestión”, manifestó.
La estatización de YPF
YPF fue estatizada en 2012 durante el gobierno de Cristina Kirchner, luego de un largo proceso de desinversión por parte de Repsol, la privada que la tenía en sus manos. A partir de entonces, la petrolera nacional multiplicó su producción de petróleo y gas natural.
El fallo revoca la indemnización que en septiembre de 2023 había sido dictada por un juez de primera instancia a los exaccionistas de YPF, Petersen Energia Inversora y Eton Park Capital Management, por supuestas pérdidas vinculadas a la estatización de la petrolera.
En septiembre de 2023, la jueza de distrito estadounidense Loretta Preska en Manhattan determinó que Argentina incumplió sus obligaciones con Petersen y Eton Park, y ordenó que les pagara 14.390 millones de dólares y 1.710 millones de dólares respectivamente.
Esas sumas incluían 8.430 millones de dólares en concepto de daños y perjuicios, más 7.670 millones de dólares de intereses previos al fallo a una tasa del 8 por ciento.
Argentina también apeló recientemente la orden de Preska de junio de 2025 de que entregara las acciones de YPF para satisfacer parcialmente la sentencia de 16.100 millones de dólares. El Segundo Circuito anuló esa orden.
El fallo del Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito en Manhattan
Entre algunos de sus argumentos, el tribunal tomó parte de la fundamentación de los representantes legales de la República Argentina, que sostuvieron que los estatutos de una corporación son “contratos organizacionales plurilaterales” y no generan obligaciones bilaterales que permitan demandas.
En este aspecto, consideró que si aún existiera un contrato bilateral, las demandas están prohibidas por la Ley General de Expropiaciones (LGE) que rige en la Argentina, la cual impide acciones de terceros que “obstaculicen” una expropiación o sus efectos.
En otras palabras, el tribunal hizo valer el argumento que en su momento había sido esgrimido tanto por Kicillof como por Kirchner: ningún tribunal estadounidense puede estar por encima de la legislación argentina ni del Congreso nacional que habilitó la estatización.
El fallo del Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito en Manhattan ratificó la desestimación de los reclamos por “promissory estoppel” (doctrina de los actos propios), ya que bajo la ley argentina esta no es una fuente autónoma de obligación cuando ya existe una relación contractual.
Eso sí, el tribunal no se pronunció sobre si el caso debió haberse litigado en Argentina. Y aunque falló a favor, consideró que Argentina violó las promesas de protección al inversor que ella misma había publicitado para atraer capitales en los años 90.
Ahora, el caso fue remitido nuevamente al tribunal de distrito para que se proceda de acuerdo, lo cual anula la responsabilidad indemnizatoria del Estado nacional.