Sábado 18 de abril de 2026

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Reforma laboral frenada: revés judicial para el Gobierno y un expediente que lo deja en falta

Un juez rechazó la presentación oficial y les marcó una falla básica de derecho en plena disputa.

El Gobierno quiso sostener su reforma laboral en tribunales y terminó expuesto por una falla de manual. En el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, el juez Raúl Horacio Ojeda no solo rechazó la presentación oficial: le señaló en la cara un error básico en su propia defensa. El expediente ni siquiera llegó al fondo. Se detuvo antes, en el punto más incómodo.

Fallo de Raúl Horacio Ojeda: Rechazó la presentación del Gobierno en la causa por la reforma laboral y dejó fuera al procurador del Tesoro por no tener matrícula habilitante. (Redes Sociales)

La resolución se dictó en pleno avance de la causa que la CGT inició contra la reforma laboral. Mientras el Gobierno intentaba saltear etapas y llevar la discusión directamente a la Corte Suprema mediante un per saltum, el expediente en primera instancia siguió su curso y encontró un obstáculo previo: la validez misma de quién estaba representando al Estado.

Eso fue lo que resolvió el juez Raúl Horacio Ojeda. Antes de analizar cualquier argumento sobre la reforma, frenó la presentación oficial por un problema de base. No se trató de un matiz interpretativo ni de una discusión compleja: fue una observación sobre el cumplimiento de las reglas mínimas para litigar.

El error básico que cambió todo
El punto central del fallo es que el procurador del Tesoro, Sebastián Amerio, se presentó como abogado del Estado sin contar con matrícula profesional habilitante. Ese dato ya había sido advertido en una audiencia anterior, pero en esta resolución el juez lo toma como eje para rechazar la presentación.

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Ojeda va un paso más allá. No solo señala la falta de matrícula, sino que recuerda que la ley 23.187 establece incompatibilidades claras: ciertos funcionarios no pueden ejercer la abogacía en estos casos por el cargo que ocupan. Entre ellos, el propio procurador del Tesoro. Es decir, incluso si Amerio estuviera matriculado, tampoco podría actuar como letrado en ese expediente.

La decisión y sus efectos inmediatos
A partir de esa doble objeción -falta de matrícula e incompatibilidad legal-, el juez toma varias decisiones concretas. Excluye a Amerio de la representación del Estado en la causa, extiende esa incompatibilidad a los subprocuradores Santiago Castro Videla y Julio Pablo Comadira, y ordena a la apoderada del Estado que deje de presentar escritos con su patrocinio. Además, dispone la notificación al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

La frase “no tiene matrícula” sintetiza el núcleo del fallo. No aparece como un detalle administrativo sino como el fundamento central para rechazar la presentación del Gobierno y marcarle un error básico en su estrategia judicial.

Un traspié que obliga a rearmar la defensa
En paralelo, desde la Casa Rosada defendieron a Amerio y cuestionaron la decisión. Su entorno sostuvo que el planteo es incorrecto e invocó un antecedente de la Corte Suprema de 1997 para respaldar su intervención.

Sin embargo, el efecto inmediato ya está en el expediente. El Gobierno quedó sin esa representación en una causa clave y deberá reorganizar su defensa.

En medio de una estrategia que busca acelerar los tiempos y escalar el conflicto, la discusión de fondo quedó momentáneamente en pausa por un requisito elemental que el juez decidió no dejar pasar.

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Página/12

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