Miércoles 08 de abril de 2026

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Duro rechazó judicial a demanda de Catena y SUTEF

En una decisión que deja al Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación Fueguina (SUTEF) en una posición incómoda, la jueza Gabriela San Martín, titular del Juzgado del Trabajo N° 2 del Distrito Judicial Sur, desestimó la acción de hábeas data promovida por Horacio Catena contra el Gobierno provincial. El gremio pretendía suspender el Sistema Único de Novedades de Agentes (SUNA), al considerar que vulneraba la privacidad de los docentes.

En este sentido, el sindicato había advertido que la plataforma permitía registrar datos sensibles —como la adhesión a medidas de fuerza— sin garantías suficientes de seguridad y confidencialidad. Además, denunció posibles fallas que habilitarían accesos indebidos a la información personal.

Sin embargo, el fallo no sólo rechazó el pedido, sino que expuso con claridad la debilidad jurídica del planteo. La jueza sostuvo que la acción de hábeas data, regulada por la Ley 25.326, protege derechos personalísimos y sólo puede ser ejercida por el titular de los datos o sus representantes legales.

De este modo, remarcó que el SUTEF no actuó por derecho propio, sino en representación de los docentes, algo que —según la normativa vigente— no está permitido en este tipo de procesos. Así, dejó establecido que los derechos personalísimos no pueden ser delegados en un sindicato.

Asimismo, el tribunal subrayó que el gremio, pese a contar con personería, no acreditó una representación legal concreta para accionar en nombre del colectivo docente. Incluso, la resolución fue más allá al señalar que se intentó presentar como colectivo un reclamo que, en esencia, corresponde a cada trabajador de manera individual.

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Por otra parte, la magistrada recordó que la legitimación es un requisito esencial para que la Justicia pueda analizar el fondo de una causa. En consecuencia, al no cumplirse ese presupuesto, evitó pronunciarse sobre la legalidad del sistema SUNA.

En consecuencia, la jueza declaró la falta de legitimación activa del SUTEF, rechazó la medida cautelar solicitada y ordenó las costas por su orden. Así, el intento encabezado por Catena quedó sin efecto y el sistema continuará en funcionamiento.

Finalmente, el fallo citó jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia fueguino para reforzar que el interés de una asociación no equivale a la suma de los intereses individuales de sus miembros, consolidando un duro revés judicial para la conducción del sindicato. Fuente: Info 3 Noticias

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