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viernes, 29 marzo , 2024

Prófugos: estos son los hombres y mujeres más buscados de Argentina

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En el marco del Programa Nacional de Coordinación para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia «Buscar», se difundió la lista completa de hombres y mujeres prófugos de la Justicia. Se ofrecen recompensas para quienes aporten datos.

El ministerio de Seguridad de la Nación, difundió el listado completo de prófugos de la Justicia, que se desprende del Programa Nacional de Coordinación para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia.

La lista completa de hombres y mujeres prófugos de la Justicia se puede consultar acá.

El Programa Nacional de Coordinación para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia “BUSCAR” , que depende de la Dirección Nacional de Cooperación con el Poder Judicial y Ministerios Públicos tiene como objetivo aportar información a la Justicia, a través de los ofrecimientos de recompensa, que permitan la resolución de los distintos casos en los que se interviene.

A través del Programa Buscar, el Estado Nacional dispone el marco legal necesario para que los ciudadanos aporten datos que permitan colaborar con la justicia en la captura de prófugos, búsqueda de personas extraviadas y en la resolución de casos manteniendo la confidencialidad de quien aportes datos.

La Ley 26.375 creó el Fondo de Recompensas destinado a quienes aporten información que permita dar con el paradero de los prófugos en causas que se investigan delitos de Lesa Humanidad en el marco del Terrorismo de Estado en Argentina. El Fondo de recompensas establecido en esta Ley no es un fondo permanente, por lo tanto cada año es necesario prorrogar la Resolución que establece la recompensa.

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La Ley 26.538 creó el Fondo Permanente de Recompensas destinado a quienes aporten datos que permitan resolver causas de delitos complejos, dar con el paradero de quienes hayan sido autores, coautores, encubridores y partícipes necesarios, de hechos vinculados con delitos de homicidio, homicidio agravado, violación, violación seguida de muerte, privación ilegal de la libertad calificada, sustracción de menores, secuestro extorsivo, los tipificados en los artículos 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 23.737, robo a entidades bancarias, o en el encubrimiento de cualquiera de éstos. Así como recabar información útil que permita dar con el paradero de personas desaparecidas, privadas de su libertad y preservar su integridad física.

Fuente: Ámbito

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