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domingo, 28 abril , 2024

Los argumentos de los jueces para reabrir la denuncia del fiscal Nisman contra Cristina Kirchner

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La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal lo resolvió. Este jueves se decidió, por unanimidad, reabrir la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman contra Cristina Elisabet Kirchner y otros ex funcionarios de su gobierno por encubrir a los iraníes que atentaron contra la AMIA.

Dos de sus integrantes, los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borisnky, entendieron que las resoluciones de Rafecas y de la Cámara Federal en las que rechazaron reabrir el expediente fueron «prematuras y arbitrarias».

«La maniobra denunciada ameritaba, por parte de los órganos jurisdiccionales intervinientes, un tratamiento más profundo de las cuestiones que habían sido planteadas para la reactivación de las actuaciones», sostuvo el juez Hornos.

En la misma línea, Borinsky afirmó que «para que con anterioridad a efectuar una investigación se desestime la denuncia interpuesta, no puede quedar resquicio de duda, discusión jurídica o prueba pendiente de producción».

Para Borinsky, Rafecas y la Cámara «analizaron de manera parcializada las constancias de la causa, e impidieron producir las medidas propuestas por el representante del Ministerio Público Fiscal que podrían aportar elementos a la pesquisa, que abonaran o descartaran la denuncia del Fiscal Federal».

Hornos fue un poco más allá y señaló que la investigación era un reclamo de la sociedad e inclusive hubiese beneficiado a los denunciados.

Al respecto, consideró: «Las insistencias de la sociedad y la imposibilidad de confrontar las diversas cuestiones controvertidas en el expediente que ya lleva aproximadamente dos años de inicio sin que se diera la posibilidad a los acusadores de tratar de demostrar su hipótesis del caso, para así arribar a una respuesta concluyente –en uno u otro sentido– podrían incluso ir en detrimento de la imagen pública de quienes fueron los altos funcionarios de la República».

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Ambos magistrados rechazaron la postura del juez Rafecas de que el delito denunciado –el encubrimiento de los iraníes acusados por el atentado– nunca comenzó a ejecutarse.

«Se afirmó que no hay ningún delito porque lo denunciado no supera los actos preparatorios, sin explicar cuándo se produce dicha transición respecto de cada una de las figuras penales invocadas en la denuncia y cualquier otra que resultare aplicable», sostuvo Borinsky.

También sostuvo que Rafecas voloró las presentaciones que hizo en la causa la entonces procuradora del Tesoro de la Nación, Angelina Abbona, cuando no correspondía que lo haga porque no era el momento del proceso para hacerlo.

Por su parte, y pese a liderar la mayoría de las maniobras para intentar frenar el avance de la denuncia, Ana Figueroa finalmente dio la sorpresa y también votó a favor de abrir a prueba el expediente para determinar si hubo delito en las conductas descriptas por el fiscal. En su voto, se dio el gusto de cuestionar a los medios de comunicación.

«La investigación de la denuncia formulada por el fiscal Nisman debe emprenderse a fin de cumplir con uno de los objetos de la instrucción, ‘Comprobar si existe un hecho delictuoso mediante las diligencias conducentes al descubrimiento de la verdad’ (art. 193, párrafo 1°) del CPPN)», concluyó la camarista que preside la Sala I en su extenso voto.

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