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viernes, 29 marzo , 2024

Ciberacoso infantil: rige en Tierra del Fuego la ley de lucha contra el «Grooming»

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El Grooming es una metodología de acoso infantil a través de la cual un adulto genera un vínculo con un menor valiéndose de los medios de comunicación digital. Concientización, difusión, capacitación y control son los ejes de trabajo establecidos por la Ley anti «Grooming», aprobada por la Legislatura provincial y promulgada por el Gobierno que busca erradicar este flagelo que tiene como principales víctimas a los niños y niñas.
Este viernes se promulgó la Ley provincial Nº 1271 de “Concientización, Prevención y Erradicación del Grooming” metodología de acoso infantil a través de la cual un adulto genera un vínculo con un menor valiéndose de los medios de comunicación digital.
También se establece el 13 de noviembre como el “Día provincial de la Lucha Contra el Grooming” con la adhesión a la Ley Nacional Nº 27.458.
Entre las herramientas dispuestas por esta Ley se aborda la capacitación de operadores de las distintas dependencias de gobierno afectadas al trabajo con menores de edad, la difusión de información para la comunidad, el control de establecimientos que brinden conexión a internet donde menores de edad puedan acceder sin supervisión, y la incorporación de enseñanza del uso responsable de las tecnologías a los diseños curriculares del sistema educativo.
El organismo que llevará el control de la aplicación de esta Ley será la Secretaría de Derechos Humanos, pero intervienen también en su aplicación los ministerios de Salud, Educación y Desarrollo Social, como así también las Secretarias de Medios y de Comercio.
El Grooming está establecido en el Código Penal como tipo delictivo en su artículo Nº 131 y la difusión de esta información como los protocolos de actuación frente a un caso de ciber acoso infantil estarán disponibles en todos los sitios web y aplicaciones móviles de los tres poderes del Estado a fin de tener un fácil acceso para los vecinos.
En el propio texto de la Ley se invita a los tres municipios de la provincia a formalizar su adhesión e instruye al Poder Ejecutivo a reglamentar la correcta aplicación en un plazo no mayor a noventa días.

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