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viernes, 19 abril , 2024

Por la suba de los combustibles, las sanciones a Estaciones de Servicio ahora son millonarias

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Las expendedoras que fueron notificadas por la Secretaría de Gobierno de Energía por vender combustibles fuera de especificación, están recibiendo exorbitantes multas de cientos de miles de pesos ya que se valúan en litros de nafta y adicionalmente con volúmenes incrementados . Especialistas aconsejan cómo proceder.

En virtud de las inspecciones que viene llevando adelante la Secretaría de Energía en el marco del Programa Nacional de Control de Calidad de los Combustibles dispuesto por la resolución 217/01, las Estaciones de Servicio que según la prueba de laboratorio incumplen las especificaciones técnicas, están siendo sancionadas en varios cientos de miles de pesos.

Es que la condena se valúa en litros de nafta súper, y al valor que cotizan en la actualidad la cifra se transforma en impagable para muchos de los expendedores que reciben la notificación y que aseguran, no se encuentran en condiciones de afrontar.

El mencionado Programa establece entre otras cuestiones el control de la calidad de los productos que se distribuye en las Estaciones de Servicio. Para ello se realiza la toma y retiro de muestras de cada combustible, 4 de cada una de las mangueras de naftas elegidas al azar y 3 de gas oil. Una se deja en el punto de inspección para ser utilizada como contraprueba y en todos los casos deben estar cerradas, precintadas e identificadas.

Una vez realizado el análisis, se verifica que las características de los hidrocarburos sean acordes a lo ordenado por la resolución 1283/06. De no compatibilizar con las normas, se le aplica al expendedor una penalidad que puede llegar hasta 50.000 litros de nafta súper.

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COMO DEBE PROCEDER EL OPERADOR

Según sugieren desde la consultora especializada CONTEGAS, al recibir la visita de los técnicos del INTI el estacionero debe conservar la muestra para realizar la correspondiente contrapueba en caso de detectarse alguna anomalía aunque afirman que la misma es muy onerosa y en casi todos los casos “inútil” para justificar el descargo.

Asimismo aconsejan incoar recursos administrativos ante la autoridad regulatoria para hacer valer los derechos. “Para peor, las multas son asociadas al `solve et repete´ un anacronismo que proviene del imperio romano”, explica el responsable legal de CONTEGAS, Luis Navas. “Ese instituto jurídico, pague y después reclame, es violatorio de expresos artículos de los Tratados Internacionales incorporados a la Constitución Nacional Convencionalizada de 1994 por denegación de Justicia”, sostiene.

Finalmente, expresó que los montos actuales de las sanciones resultan totalmente arbitrarios y confiscatorios. “No hay explicaciones fundadas del por qué de semejantes importes”, lamentó.

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